El acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) este día 21 de Diciembre por el que se extinguen órganos internos de control específicos, se crean oficinas de representación, y se asigna la dependencia, entidad paraestatal y órgano administrativo desconcentrado que integran el ramo en que ejercerán sus funciones los órganos internos de control especializados y las unidades administrativas que los auxilian, está cerca de una mezcla entre la confirmación de "ineptitud y cinismo".
"Ineptitud" porque no han podido concretar su acuerdo de septiembre pasado e incluso los titulares de las áreas que se quedan de lo que eran los Órganos Internos de Control (OIC), ya llevan 3 quincenas sin cobrar. Y "Cinismo”, por lo evidente, de que no quieren control ni rendición de cuentas.
Y es que la Secretaría de la Función Pública del Gobierno de la República ya no está haciendo auditorias financieras ni forenses, solo hacen auditorías de desempeño.
La auditoría financiera lleva a revisar los estados financieros y sus cumplimientos desde lo que mandan las leyes y los procedimientos.
La Auditoría Forense lleva a la integración de los conocimientos criminalísticos, contables, jurídicos, procesales y financieros en contra de posibles fraudes.
Mientras que la Auditoría de Desempeño está focalizada en revisar la eficacia y eficiencia, así como, economía y calidad en la entrega de los bienes o servicios públicos hasta su destino final.
Incluso la INTOSA (Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores, por sus siglas en inglés), recomienda al menos tres tipos de auditorías: cumplimiento, financiera y desempeño, pero ahora parece que todo eso irá al baúl de los recuerdos o quizá habrá de quedar en "borrón y cuenta nueva”.
En una ligera revisión al acuerdo publicado, se extinguen 78 OIC específicos que son prescindibles. Y en su lugar se crea una oficina de representación con los recursos que tenga, que en muchos casos deben ser pocos y se les asigna la oficina de representación resultante.
Se crean órganos internos de control en 16 ramos administrativos que corresponden a las Secretarías de Estado existentes. Y habrá cinco Órganos de Control Especializados. Los titulares de los OIC Especializados, tendrán competencia únicamente en la materia de su especialidad en los 16 ramos administrativos. Y parece que serán competentes sólo en la materia de su especialidad y únicamente en el ramo para el que son nombrados. En resumen se están reduciendo las estructuras administrativas de los OIC pero también modificando estructuras y funciones, y es aquí donde parece un choque entre la transparencia y rendición de cuentas, y que llevan a pensar en los fantasmas de la ineptitud y el cinismo.
¿ Y después de esta decisión, qué pasará con la Contraloría General del Estado y los Órganos Internos de Control en Dependencias y Entidades de la Administración Pública Local, e incluso en los poderes y organismos autónomos en Veracruz ?
¡ES CUANTO!