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El reparto de utilidades representa uno de los derechos laborales más relevantes en México, respaldado por la Constitución y establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT).Esta prestación anual permite a los trabajadores recibir parte de las ganancias que las empresas obtuvieron durante el año fiscal anterior.
Sin embargo, en 2025, no todas las compañías estarán obligadas a otorgarlo.
¿Qué empresas deben realizar el reparto de utilidades este 2025? Las empresas, catalogadas como personas morales, que hayan reportado utilidades ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) correspondientes al ejercicio fiscal de 2024, deberán cumplir con esta obligación.
Para hacerlo, deben contar con más de un año de operación y no pertenecer al sector público o ser organizaciones sin fines de lucro.
Este reparto deberá efectuarse entre el 1 de abril y el 30 de mayo de 2025, periodo en el que los trabajadores deberán recibir su parte proporcional, de acuerdo con los lineamientos de la STPS.
Existen situaciones específicas en las que las empresas no están obligadas a repartir utilidades, como:
A pesar de estar exentas, las empresas deben proporcionar transparencia: si no reparten utilidades por no haber generado ganancias, deben facilitar a sus trabajadores la declaración fiscal correspondiente.
Los trabajadores que consideren que su empleador sí obtuvo utilidades pero no cumplió con el reparto pueden solicitar apoyo a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET). Este organismo ofrece asesoría legal gratuita a través de sus líneas telefónicas (800 911 7877 y 800 717 2942) y por correo electrónico en: orientacionprofedet@stps.gob.mx.
El plazo para presentar una queja es de un año, contado a partir del día siguiente a la fecha límite para el pago.