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28 de mayo del 2025
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Estado

Elecciones Veracruz: ¿cuándo inicia la veda electoral?

Entérate de todos los detalles para las elecciones en la entidad, que se llevarán a cabo el próximo 1 de junio.

| 2025-05-28 | Julia Castro
Elecciones Veracruz: ¿cuándo inicia la veda electoral?
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A partir del primer minuto del 29 de mayo inicia el periodo de veda electoral o de reflexión por lo que, desde este momento y hasta el cierre de las casillas del próximo domingo 1 de junio, se suspende la propaganda electoral con el fin de que la ciudadanía pueda reflexionar sobre el sentido de su voto, informó el Instituto Nacional Electoral (INE). 

En las elecciones se elegirán Ministras y Ministros de la SCJN, Magistraturas de la Sala Superior y de las Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación,  integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ), 464 Magistraturas de Circuito y 386 personas Juzgadoras de Distrito. 

¿Qué está prohibido durante la veda electoral?

Además en Veracruz se eligen 212 presidencias municipales, 212 sindicaturas y 630 regidurías. En el proceso se elegirán tambiénmil 800 puestos en los Poderes Judiciales Locales, en donde siete mil 773 candidatas y candidatos realizaron actos de campaña desde el 30 de marzo pasado, para obtener el voto.  

Durante la veda electoral quedan prohibidas todas las actividades de propaganda por parte de las candidaturas al Poder Judicial local, incluyendo:

  1. Reuniones públicas
  2. Debates
  3. Asambleas 
  4. Cualquier acto en el que se solicite el voto

Asimismo queda prohibida toda forma de propaganda, difusión o acto proselitista por parte de partidos, candidaturas y gobiernos. Este proceso, que termina hasta el cierre de casillas el próximo 1 de junio, busca garantizar que la ciudadanía tenga un espacio libre de presiones para reflexionar el sentido de su voto.

Sin embargo, las autoridades pueden seguir informando sobre temas urgentes o de seguridad pública, siempre y cuando la comunicación sea estrictamente neutral y no haga referencia a partidos, aspirantes o campañas.

En caso de que algún candidato o partido político no cumpla con la veda electoral existe una falta administrativa además se considera un delito electoral con consecuencias como multas o acciones penales, de acuerdo con la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

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