La Secretaría de Seguridad Pública admitió que desconoce cuando una grúa arrastra un vehículo por cualquier razón, y mucho menos el monto que estas cobran al dueño de la unidad.
Así lo reconoció, mediante una respuesta a una solicitud de información, donde se le requirió conocer el número de servicios presados por las distintas empresas de grúas en el 2023 en los 212 municipios.
También se le requirió conocer el monto que se obtuvo por concepto de multas derivado de los reportes de unidades arrastradas, así como la cantidad que cobró cada empresa a los dueños de vehículos por su liberación.
La respuesta de la Secretaría de Seguridad Pública es que desconoce tal información y que no cuenta con ningún tipo de dato al respecto.
A pesar de que el servicio de arrastre de vehículos lo concesiona, autoriza o permite la propia dependencia estatal, y entre las cláusulas es que los operadores de grúa sólo pueden arrastrar un vehículo, cuando un agente de Tránsito lo solicita, previo a levantar la infracción, la SSP indicó no tener un número ni siquiera estimado.
De igual forma se le pidió un listado de todas las personas morales o físicas que prestan el servicio concesionado de grúas.
Y aunque oficialmente cuentan con un listado de 152 empresas de grúas y personas dedicadas al servicio concesionado de arrastre, igualmente la SSP admite que no cuenta con el número de arrastres que realizó cada una durante el 2023.
Esto a pesar de que, para poder realizar el arrastre de una unidad, debe ser a petición, ya sea de una Dirección de Tránsito Municipal, Policía Vial, Dirección de Tránsito del Estado, Dirección de Transporte Público o por parte de alguna corporación policíaca.