La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo publicó un decreto en el Diario Oficial de la Federación, donde se incluyen reformas al artículo 19 de la Constitución Política de México, donde se amplía el catálogo de delitos que ahora ameritan prisión preventiva oficiosa, a fin de garantizar la comparecencia de los imputados mientras dure el junio.
Los nuevos delitos que ahora, ameritarán la prisión preventiva oficiosa son por extorsión y diversas actividades relacionadas con drogas sintéticas como el fentanilo.
Tales delitos fueron agregados al catálogo de situaciones que ameritan esa modalidad de encarcelamiento con la reforma al Artículo 19 de la Constitución que se publicó en la edición del último día de 2024 del Diario Oficial de la Federación.
Con los cambios aprobados por los congresos federal y estatales en noviembre pasado, "el juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente en los casos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, extorsión, delitos previstos en las leyes aplicables cometidos para la ilegal introducción y desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados".
Así como "homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, así como los delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, de la salud, del libre desarrollo de la personalidad, contrabando y cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales, en los términos fijados por la ley".